Término del oficio
Una ventana de entrega, y lo que la ley deja abierto
Nada en el convenio de transporte le da una ventana de entrega. Cuando no se pactó plazo, hay retraso si el viaje duró más de lo que razonablemente se concedería a un porteador diligente, y en carga parcial el tiempo empleado en completar la carga cuenta como normal. Lo que vale el retraso se detiene en el precio del transporte.
Las cifras
| Cuándo hay retraso | La mercancía no se entregó dentro del plazo convenido, o el transporte excedió el tiempo que razonablemente se concedería a un porteador diligente (CMR, artículo 19) |
|---|---|
| Qué cuenta como normal en carga parcial | El tiempo necesario para completar un cargamento completo en condiciones normales (CMR, artículo 19) |
| Cuándo se considera perdida la mercancía | A los treinta días de expirar el plazo convenido, o a los sesenta días desde la recepción cuando no se convino ninguno (CMR, artículo 20.1) |
| Cuánto vale el retraso | Indemnización por el perjuicio que el reclamante pruebe, sin exceder del precio del transporte (CMR, artículo 23.5) |
| Nuestro día de expedición y plazo de tránsito | Sin acordar con el productor |
Qué cambia en un pedido
Reservó una franja en un centro de distribución
Esa franja es una promesa que hizo usted a su propio cliente. Se convierte en plazo en carretera solo si alguien la escribió como tal en el contrato de transporte, y una fecha preferente en una confirmación de pedido no lo hace.
Compra cargas parciales y no camiones completos
El tiempo de consolidación está dentro de lo que el convenio trata como duración normal. Una ventana cotizada en una línea de grupaje describe algo distinto de las mismas palabras cotizadas sobre un vehículo dedicado.
El porteador y el vendedor son empresas distintas
Una ventana prometida por quien le vende la fruta y un plazo pactado con quien la conduce son dos compromisos separados, y el convenio solo mide el segundo. Saber cuál de los dos le dieron a usted es toda la diferencia la mañana en que una carga se retrasa.
Está poniendo precio al riesgo de una llegada tardía
El techo del retraso bajo el convenio es el flete, y un palet de fruta vale bastante más que el flete que lo movió. Lo que quiera proteger por encima de eso tiene que vivir en el contrato de compraventa.
Qué no resuelve esta nota
- El convenio aporta una regla supletoria y un techo. Lo que usted haya pactado con su proveedor o con su porteador se apoya encima, y nada de esto ha leído sus papeles.
- Esto es una descripción de las reglas y no asesoramiento jurídico, y no le dice si una carga concreta llegó tarde ni qué hacer con una que llegó así.
- No tenemos día de expedición, ni plazo de tránsito, ni franja que ofrecerle. Esas cifras salen de un almacén de confección y de un porteador, y ninguno está cerrado.
Fuente: Convenio relativo al contrato de transporte internacional de mercancías por carretera (CMR)
Otros términos que aparecen en los mismos papeles
Una ventana es algo que has construido tú
El convenio no le entrega una fecha a nadie. Cuando las partes pactaron un plazo, ese es el criterio y no hay más que hablar. Cuando no lo pactaron, el criterio pasa a ser si el viaje duró más de lo razonablemente exigible a un porteador diligente, valorando las circunstancias. Eso es un patrón de conducta y no una fecha límite, y se lee como si la redacción hubiera querido exactamente eso.
Las cargas fraccionadas tienen tratamiento expreso dentro de esa misma frase, y es la mitad que casi todos los compradores se saltan. El tiempo necesario para reunir un cargamento completo en condiciones normales se cuenta dentro de lo razonable. El grupaje sale más barato porque el vehículo espera, y el convenio está de acuerdo en que esa espera es lo normal. La misma palabra cotizada en esa ruta y en un camión completo describe dos promesas distintas.
Lo que vale llegar tarde
Aquí el texto se vuelve seco. Cuando el reclamante prueba un perjuicio causado por el retraso, la indemnización no excede del precio del transporte. El flete de un palet de naranjas es una fracción pequeña de lo que vale el palet, así que ese techo muerde mucho antes que la pérdida real. Lo que quieras proteger por encima de él pertenece al contrato de compraventa, acordado con quien te vende la fruta.
Hay un segundo reloj más allá que corre más tiempo del que la gente espera. La mercancía no entregada treinta días después de expirar el plazo convenido, o sesenta días desde que el porteador se hizo cargo de ella cuando no se pactó nada, se tiene por perdida sin más. Pídenos un día de expedición y un tiempo de tránsito y hoy no vas a recibir ninguno de los dos, porque ninguno está cerrado con el almacén.
Hable con el agricultor
Díganos la variedad, los calibres y la semana de entrega que necesita. Recibirá un precio puesto en destino y lo que podemos comprometer por escrito, de la persona que recolecta la fruta.
Las consultas las atiende el agricultor. Los plazos de respuesta están todavía sin confirmar. Respondemos en español o en inglés.